Autor: Frederic Munné Catarina
Fecha: 14/04/2023
Tiempo de lectura: 4 min.
Si eres parte en un conflicto tienes en tus manos la oportunidad de apostar por la cultura de la paz. Tanto la mediación como el arbitraje plantean grandes ventajas para las partes en conflicto, frente de su solución en la vía judicial, que debería ser normalmente el último método al que acudir.
Tanto en la mediación como en el arbitraje la controversia se solventa con una razonable celeridad, de forma enteramente confidencial, sin daños reputacionales añadidos para las partes, y de un modo más eficiente y rentable para las partes en conflicto, que en caso de acudir a los Juzgados.
Ambos sistemas de solución de conflictos son voluntarios para las partes y se fundamentan en la intervención de un tercero independiente, imparcial y neutral, si bien la mediación es un método colaborativo donde las propias partes hallan la mejor solución, asistidos por el tercero neutral (mediador), que sólo les vincula si la aceptan tras alcanzarla. En cambio, el arbitraje es adversarial y el tercero imparcial (árbitro) resuelve la controversia, y ello se impone a las partes sin requerir su aceptación.
Así, cuando la mediación finaliza sin acuerdo, o si el mismo no es aceptado por alguna de las partes, queda expedita tanto la vía judicial como la arbitral para decidir la controversia. Por tanto, cabe un pacto escalonado de mediación primero y de arbitraje después si no hay un acuerdo derivado de la mediación.
Ambos sistemas preservan mejor las relaciones personales o comerciales, porque sustentan su nacimiento y su desarrollo procedimental en la voluntad de las partes, a partir del pacto de sumisión (a mediación y/o a arbitraje) y del diseño de un procedimiento eficiente y rentable, aunque el arbitraje finaliza con una solución enmarcada dentro de los límites del conflicto e impuesta a las partes por ese tercero imparcial, como especialista en la materia controvertida, mientras que en la mediación la solución tiende a satisfacer el mayor número de intereses y necesidades de las partes, incluso más allá de los estrictos límites del conflicto, gracias a la facilitación del diálogo por parte del mediador.